Con el IVU*, ganamos todos
 
Departamento de Hacienda
   
*Impuesto sobre Ventas y Uso
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¿Por qué debes registrarte?

  • Es la ley
  • El Código de Rentas Internas, según enmendado por la Ley 117, establece que para el 15 de noviembre toda persona que lleve a cabo negocios en Puerto Rico como comerciante deberá presentar al Secretario de Hacienda una solicitud de Certificado de Registro de Comerciantes.
  • El Certificado de Registro de Comerciantes es una autorización del Departamento de Hacienda necesaria para hacer negocios en Puerto Rico.
  • El Certificado de Registro de Comerciantes autoriza la venta de partidas tributables, que incluyen artículos y servicios, sujetas al IVU.
  • Al registrarte en o antes del lunes, 16 de octubre de 2006, recibirás el Certificado de Registro de Comerciantes y, cuando aplique, el Certificado de Exención para tu negocio antes que el IVU entre en vigor el 15 de noviembre de 2006.
  • El Certificado de Exención identifica al comerciante como revendedor o manufacturero exento del pago del IVU en las compras relacionadas a su negocio o actividad comercial.
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