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Oferta y Compromiso de Pago

El contribuyente podrá solicitar una Oferta y Compromiso para liquidar su deuda. En la siguiente sección, se explica cómo hacerlo y bajo qué circunstancias el Departamento de Hacienda podrá aceptar dicha oferta.

El Secretario está facultado para formalizar un acuerdo de pago por escrito, mediante el cual se comprometa a dejar sin efecto cualquier contribución tasada y adiciones, incluso penalidades civiles o criminales, que sean aplicables a un caso con respecto a cualquier contribución impuesta por el Código u otras leyes que impongan contribuciones.  

Los compromisos de pago deben ser autorizados por el Secretario de Hacienda o su representante autorizado, quien debe justificar las razones para la concesión del acuerdo de pago y establecer un expediente del caso en el cual se documente la cantidad de contribución tasada, la cantidad de intereses y adiciones a la contribución;  la cantidad actual a pagar de acuerdo con los términos del compromiso de pago; un análisis de la situación financiera del contribuyente que demuestre la capacidad de pago de la cantidad establecida en el compromiso de pago; y cualquier otro documento o evidencia que sea requerida por el Secretario bajo las reglas y reglamentos establecidos.

Para más información, refiérase al Boletin Informativo 99-03. Para acceder al BI hacer clic aquí.

Los requisitos y documentos asi como el procedimiento para solicitar una Oferta y Compromiso de Pago, se establecen en el Boletín Informativo 99-03. Para ver el BI, hacer clic aquí.

Formularios relacionados:

Solicitud de Oferta en Compromiso de Pago. Hacer clic aquí para descargar el Formulario Modelo SC 3540.

Estado de Situación Financiera de Individuos, Formulario Modelo SC 3325  (hacer clic aquí para descargar el Formulario Modelo SC 3325), o el Estado de Situación Financiera de Negocios y Corporaciones, Formulario Modelo SC 3326 (hacer clic aquí para descargar el Formulario Modelo SC 3326).

Deberá someter la solicitud, junto con todos los documentos requeridos, al Distrito de Cobro más cercano a su residencia. Los mismos deben dirigirse al Director del Negociado de Recaudaciones. Para localizar el Distrito de Cobro más cercano, hacer clic aquí.

Si la oferta es aceptada, se le notificará al contribuyente por escrito. En ese momento, el contribuyente deberá pagar la cantidad acordada y cumplir con todas las condiciones establecidas en el compromiso. El Negociado de Recaudaciones cancelará todo embargo anotado y suspenderá toda acción de cobro vigente cuando se reciba la cantidad acordada.

Si la Oferta se deniega, el contribuyente puede solicitar una reconsideración del caso. Sin embargo, esta acción no detendrá las gestiones de cobro, tales como anotar y actualizar embargos sobre propiedades inmuebles.