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RADICACIÓN ELECTRÓNICA DE PLANILLAS CONTRIBUTIVAS DE INDIVIDUOS AÑO 2009

El Departamento de Hacienda en un esfuerzo para mejorar los servicios que brinda a los contribuyentes, estableció una alianza con la empresa privada dirigida a brindarles a los contribuyentes una alternativa gratis mediante la radicación de planillas electrónica para el año contributivo 2009.

Los contribuyentes asalariados que radiquen la planilla corta así como los que radican forma larga con un Ingreso Bruto Ajustado de hasta $50,000 y que solamente utilicen los Anejos A, A1, B (Parte II, línea 6), H, I y J podrán utilizar este servicio.

Además, si de su planilla surge un Balance Pendiente de Pago, podrá radicar su planilla electrónicamente y realizar su pago en una fecha posterior pero no más tarde del 15 de abril de 2010.

Requisitos para rendir Planilla Corta electrónicamente:

  • Todo contribuyente residente de Puerto Rico o ciudadano de Estados Unidos que haya devengado ingresos en Puerto Rico y que haya radicado planilla el año 2008. Si no radicó la planilla del año anterior puede radicar la planilla electrónicamente a través de un Centro de Orientación o de un especialista certificado por el Departamento.
  • Es necesario tener una cuenta de correo electrónico.
  • Ingreso Bruto Ajustado no mayor de $75,000; Si se acoge al cómputo opcional el Ingreso Bruto Ajustado del contribuyente o cónyuge no puede ser mayor de $37,500;
  • Ingresos únicamente de salarios sujetos a retención en Puerto Rico, propinas, salarios del Gobierno Federal o anualidades y pensiones;
  • Sólo reclama el Crédito para Contribuyentes Asalariados, Crédito Compensatorio para Pensionados de Bajos Recursos, Crédito por Trabajo o el Crédito por Aportación a la Fundación Educativa para la Libre Selección de Escuelas.

Requisitos para rendir Planilla Larga electrónicamente:

  • Todo contribuyente residente de Puerto Rico o ciudadano de Estados Unidos que haya devengado ingresos en Puerto Rico y que haya radicado planilla el año 2008. Si no radicó la planilla del año anterior puede radicar la planilla electrónicamente a través de un Centro de Orientación o de un especialista certificado por el Departamento.
  • Es necesario tener una cuenta de correo electrónico.
  • Ingreso Bruto Ajustado de hasta $50,000 cuyos ingresos sean únicamente de salarios sujetos a retención en Puerto Rico, propinas, salarios del Gobierno Federal o anualidades y pensiones;
  • Reclama deducciones adicionales y/o detalladas;
  • Sólo reclama el Crédito para Contribuyentes Asalariados, Crédito Compensatorio para Pensionados de Bajos Recursos, Crédito por Trabajo o el Crédito por Aportación a la Fundación Educativa para la Libre Selección de Escuelas;
  • No está sujeto al pago de Ajuste Gradual o Contribución Básica Alterna.

Para restricciones de la planilla electrónica oprima aquí.

Para preguntas frecuentes oprima aquí.

Esta aplicación está diseñada únicamente para la radicación electrónica de la Planilla. Al finalizar la radicación electrónica, la aplicación genera una Hoja de Confirmación que provee, entre otros datos, el nombre del contribuyente, el número de seguro social, la fecha y hora de radicación, fecha de pago y un número único de confirmación. Esta Hoja de Confirmación junto con la Planilla tiene la misma validez (para fines bancarios, estudiantiles, de presentación de declaraciones de volumen de negocios o planillas de contribución sobre la propiedad mueble) que una copia de la Planilla sellada por el Departamento de Hacienda en presencia del contribuyente.

Las siguientes compañías han desarrollado programas o aplicaciones que han sido certificados por el Departamento de Hacienda para transferir electrónicamente:

Compañía Programa/Aplicación Formulario Año

Individuos/Especialistas
2009

Individuos/Especialistas
2009

Individuos/Especialistas
2009

Individuos/Especialistas
2009

Recuerde radicar su planilla de contribuciones del año 2009 en o antes del 15 de abril de 2010.

Para preguntas relacionadas con la utilización de las aplicaciones deberá comunicarse directamente con el área de apoyo de la aplicación o programa que seleccionó o envíenos un correo electrónico a InfoPEL@hacienda.gobierno.pr

Para preguntas contributivas envíenos un correo electrónico a InfoServ@hacienda.gobierno.pr

Los contribuyentes que no cualifiquen para utilizar la aplicación libre de costo, podrán rendir electrónicamente si utilizan programas o aplicaciones que hayan sido certificados por el Departamento. Alternativamente, podrán acudir a los Centros de Orientación y Preparación de Planillas que abrirán al público el 16 de marzo de 2010. Próximamente estaremos ofreciendo información públicamente y en nuestra página, acerca de los horarios y lugares de ubicación de dichos Centros de Orientación.

El Departamento de Hacienda, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sus agentes o empleados no se hacen responsables por el uso de ninguno de estos programas o aplicaciones, por la corrección de los formularios, cómputos o información sometida al Departamento mediante la utilización de los mismos, ni por cualquier daño que pudiese ser causado por la compra o instalación de los mismos.

     
 

Departamento de Hacienda
P.O. Box 9024140, San Juan, P.R. 00902-4140
Tel: (787) 721-2020
Email: InfoServ@hacienda.gobierno.pr
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