A continuación presentamos las preguntas más
comunes de los contribuyentes. Favor de seleccionar una categoría
en donde encontrará varias preguntas relacionadas.
Crédito a Personas Asalariadas
¿Es cierto que existe un crédito contributivo
para personas que sólo reciben salarios?
Sí. Todo contribuyente que sea soltero, jefe de familia o casado
que rinda planilla conjunta, cuyo ingreso bruto ajustado no exceda
de $10,000 y cuya única fuente de ingreso consista de salarios,
tiene derecho a reclamar un crédito contributivo hasta el monto
de la contribución sobre ingresos determinada. Para fines de
este crédito el término salarios no incluye las cantidades
recibidas por concepto de anualidades o pensiones.
Para determinar este crédito el término ingreso bruto
ajustado significa: ingreso bruto menos la deducción admisible
por gastos ordinarios y necesarios, las pérdidas en la venta
o permuta de activos de capital (sujetas a la limitación de
$1,000) y los pagos de pensiones por divorcio o separación admitidos
como deducción bajo la Sección 1023(w) del Código.
Este crédito deberá ser reclamado antes de cualquier
otro crédito al cual tenga derecho.
Categorías de Preguntas
|