A continuación presentamos las preguntas más
comunes de los contribuyentes. Favor de seleccionar una
categoría en donde encontrará varias preguntas relacionadas.
Tasas Contributivas
¿Cuáles son las tasas contributivas aplicables
para la planilla del año 2005?
Para el año contributivo 2005 y años subsiguientes
las tasas contributivas son las siguientes:
a. Persona casada que vivía con su cónyuge y que rinde planilla
conjunta, persona casada que no vivía con su cónyuge, persona soltera,
jefe de familia, sucesión o fideicomiso:
Si el ingreso neto sujeto
a contribución es: |
La contribución será: |
No mayor de $2,000 |
7% |
En exceso de $2,000,
pero no en exceso de $17,000 |
$140 más el 10%
del exceso de $2,000 |
En exceso de $17,000,
pero no en exceso de $30,000 |
$1,640 más el 15%
del exceso de $17,000 |
En exceso de $30,000,
pero no en exceso de $50,000 |
$3,590 más el 28%
del exceso de $30,000 |
En exceso de $50,000 |
$9,190 más el 33%
del exceso de $50,000 |
b. Persona casada que vivía con su cónyuge y
rinde planilla por separado:
Si el ingreso neto
sujeto
a contribución es: |
La contribución
será: |
No mayor de $1,000 |
7% |
En exceso de $1,000,
pero no en exceso de $8,500 |
$70 más
el 10%
del exceso de $1,000 |
En exceso de $8,500,
pero no en exceso de $15,000 |
$820
más el 15%
del exceso de $8,500 |
En exceso de $15,000,
pero no en exceso de $25,000 |
$1,795
más el 28%
del exceso de $15,000 |
En exceso de $25,000 |
$4,595
más el 33%
del exceso de $25,000 |
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