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Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 14-08

Asunto

Cambios en los Horario Extendido de las Colecturías del Departamento de Hacienda

Atención

Todos los Contribuyentes y Público en General

Boletín Informativo BI 14-08 27/06/2014 Rentas Internas

El Departamento de Hacienda (“Departamento”) ha revisado el horario extendido de servicios que ofrece actualmente para Cumplir con la Orden Ejecutiva (OE) 2014-018. Esta orden, fue emitida el 2 de mayo de 2014 por el Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Honorable Alejandro García Padilla. Las oficinas que ofrecerán servicios en este horario especial son las Colecturías localizadas en los CESCO, estas son: Arecibo, Carolina, Bayamón, Mayagüez, Ponce, Guayama y la Colecturía del Capital Center, localizada en Hato Rey.

Los ciudadanos podrán obtener los siguientes servicios en horario extendidos

  1. Venta de sellos y comprobantes
  2. Recibo y aplicación de pagos de contribuciones
  3. Recibo y ponche de planillas, formularios y declaraciones
  4. Emisión de Certificaciones de Deuda y Certificaciones de Radicación
  5. Venta de marbetes de vehículos de motor y arrastre
  6. Renovaciones de Licencias de Rentas internas
  7. Traspasos de vehículos de motor
  8. Cobro de planes de pago
  9. Cobro de multas de tránsito
  10. Cobro de Declaraciones de Arbitrios y Bebidas
  11. Cobros de la Contribución Especial sobre la propiedad inmueble
  12. Certificaciones de multas y marbetes
  13. Cobro de violaciones a ordenanzas municipales de tránsito

El horario extendido en estas Colecturías será de lunes a jueves de 7:30 a.m. a 7:00 p.m., los viernes de 7:30 a.m. a 5:00 p.m. y los sábados de 9:00 am. a 2:00 pm. Dicho horario, comenzará a partir del 1 de julio de 2014, para facilitarles a los ciudadanos llevar a cabo sus transacciones sin interrumpir su jornada laboral.

Aprovechamos para recordarles que el Departamento provee los siguientes servicios a través de Colecturía Virtual en http://colecturia.hacienda.gobierno.pr, disponible las 24 horas los 7 días de la semana.

Efectuar los siguientes pagos:

  • Segundo plazo para cubrir la responsabilidad contributiva de la planilla de contribución sobre ingresos de Individuos
  • Pagos de la contribución estimada
  • Pagos de la retención del 7% por servicios prestados
  • Depósito de contribución retenida en el origen a no residentes
  • Depósito de contribución retenida sobre regalías
  • Pago de Declaraciones de Arbitrios de Importadores de Vehículos
  • Pago de Declaraciones de Arbitrios de Porteadores y Corredores de Aduana
  • Pago de Declaraciones de Impuestos de Bebidas Alcohólicas
  • Pago de la Contribución Especial sobre la Propiedad Inmueble

 

  1. Radicación de solicitudes de prórroga
  2. Impresión de planilla con sello digital, para planillas radicadas electrónicamente
  3. Emisión de Certificaciones de Deuda, Certificaciones de Radicación y  Certificaciones de la Contribución Especial
  4. Obtener información sobre la Contribución Especial sobre la Propiedad Inmueble
  5. Notificación de Códigos de Acceso a Patronos, para radicación de W2 e Informativas
  6. Transferencia de Archivos de W2 e Informativas .003.53.01
  7. Verificación del estatus de Reintegro

Las disposiciones de este Boletín Informativo tienen vigencia a partir del 1 de julio de 2014.

Para información adicional relacionada con las disposiciones de este Boletín informativo, puede comunicarse al 787-721-2020, Opción 2.

Cordialmente,

Karolee Garcia

Temas: Colecturías
Audiencias: Todos los Contribuyentes y Público en General
Tipo de contribución: Todo tipo de contribución