Por motivo de una avería en los sistemas de informática del Departamento de Hacienda (“Departamento”), el 7 de marzo de 2017 se emitió el Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 17-05 (“BI RI 17-05”) para establecer un método temporero de levante de mercancía en forma manual.
El Departamento ya restableció dicha avería. Por tanto, este Boletín Informativo tiene el propósito de derogar el método temporero de levante de mercancía de forma manual establecido en el BI RI 17-05. A tenor con lo anterior, se restablece la obligación de radicar la Declaración de Importación (Modelo SC 2970) y pagar el Impuesto sobre Ventas y Uso (“IVU”) aplicable de forma electrónica a través del Sistema Unificado de Rentas Internas (“SURI”), según indicado en la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 16-12, para obtener la autorización para el levante de forma electrónica.
Las disposiciones de este Boletín Informativo tienen vigencia inmediata.
Para más información relacionada a las disposiciones de este Boletín Informativo, puede comunicarse al 787-622-0123, opción 8.
Cordialmente,
Lcdo. Raúl Maldonado Gautier, CPA
Secretario de Hacienda