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Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 19-02 (“BI RI 19-02”)

Asunto

No aplicabilidad de penalidades, multas, intereses y recargos a transacciones relacionadas a los tipos contributivos integrados al Sistema Unificado de Rentas Internas (“SURI”)

Atención

Patronos, Agentes Retenedores y Especialistas en Planillas

Boletín Informativo BI RI 19-02 29/01/2019 Rentas Internas

El pasado 10 de diciembre de 2018, el Departamento de Hacienda (“Departamento”) completó la segunda fase de transición al Sistema Unificado de Rentas Internas (“SURI”).  Por tanto, efectivo en dicha fecha, todas las transacciones relacionadas a: (i) retención en el origen, incluyendo la radicación de los comprobantes de retención y declaraciones informativas correspondientes; (ii) caudal relicto y donaciones, y (iii) arbitrios, impuestos sobre bebidas alcohólicas y derechos de licencia (en adelante y en colectivo, “Transacciones-Fase 2”), solo se pueden realizar electrónicamente a través de SURI. 

Según establecido en las Cartas Circulares de Rentas Internas Núm. 18-16 y 18-17, para poder realizar cualesquiera de las Transacciones-Fase 2 en SURI, el contribuyente debe estar registrado y tener una cuenta en SURI.  De igual forma, en el caso de un representante externo del contribuyente, el Administrador Principal de la cuenta en SURI debe otorgarle el tipo y el nivel de acceso correspondiente para que dicho representante externo pueda realizar cualquier transacción en su nombre.  Debido a que, como parte de esta segunda fase, los niveles de seguridad de las cuentas de usuario en SURI fueron actualizados para proteger la identidad e información de los contribuyentes, el proceso de registro de aquellos contribuyentes que ya existiesen en los sistemas anteriores del Departamento requiere una verificación del contribuyente para poder completar su registro en SURI y poder efectuar cualquiera de las Transacciones-Fase 2. 

A los fines de asegurar un proceso ágil y flexible en la transición a SURI, el Departamento emite este Boletín Informativo con el propósito de anunciar la no aplicabilidad de intereses, multas, recargos o penalidades respecto a radicaciones y pagos relacionados a las Transacciones-Fase 2 cuya fecha de vencimiento sea entre el periodo desde el lunes, 10 de diciembre de 2018 hasta el jueves, 28 de febrero de 2019, siempre y cuando la transacción sea completada en SURI no más tarde del jueves, 28 de febrero de 2019.

En el caso de los Comprobantes de Retención (Formularios 499R-2/W-2PR) del año 2018 y el Estado de Reconciliación de Contribución sobre Ingresos Retenida (Formulario 499 R-3) correspondiente, para que las disposiciones de este Boletín Informativo sean aplicables, el patrono debe rendir los mismos no más tarde del jueves, 28 de febrero de 2019.  Por tanto, el Departamento no admitirá ni procesará ninguna solicitud de prórroga para radicar, luego del jueves, 28 de febrero de 2019, los Comprobantes de Retención del año 2018 y el Estado de Reconciliación correspondiente.

Aquellos contribuyentes que reciban alguna notificación de la imposición de multas, intereses, recargos o penalidades a pesar de haber cumplido con lo establecido en este Boletín Informativo, deberán acudir a cualquiera de los Centros de Servicios al Contribuyente para que las mismas sean eliminadas.  Para obtener la información de los Centros de Servicios al Contribuyente, puede acceder nuestra página de internet: www.hacienda.pr.gov, bajo el enlace Servicios al Contribuyente

Cabe señalar que las transacciones relacionadas con el Impuesto sobre Ventas y Uso (“IVU”), deben ser completadas en las fechas que establece el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado (“Código”).  Las mismas no forman parte de la segunda fase de SURI, por tanto, han estado disponibles para completarse por todos los comerciantes sin inconvenientes.  Por consiguiente, las transacciones de IVU que no sean sometidas en la fecha prescrita por el Código estarán sujetas a los intereses, recargos, multas o penalidades que le sean aplicables.

Las disposiciones de este Boletín Informativo tienen vigencia inmediata. 

Para información adicional relacionada con las disposiciones de este Boletín Informativo, puede enviar un mensaje a través de su cuenta en SURI o comunicarse al (787) 622-0123, opción 8.

 

Cordialmente,

Francisco Parés Alicea
Secretario Interino

Temas: Patronos, Agentes Retenedores y Especialistas en Planillas

Anejos

Las siguientes Cartas Circulares: