Nueva Planilla Mensual del IVU
Comerciante, a partir del 1 de diciembre de 2009 se comenzará a utilizar un nuevo formulario de la Planilla Mensual del IVU. El formulario en papel estará disponible en todas las Colecturías y Distritos de Servicio al Comerciante, además podrá presentar la Planilla Mensual del IVU en esta página de Internet, oprimiendo el botón de Aplicación de Radicación y Pago.
Para imprimir el documento que contiene los cambios a la Planilla Mensual del IVU presione en la imagen a continuación.
IVU Uniforme en Todos los Municipios
Comerciante, efectivo el 1RO DE AGOSTO, el cobro del IVU municipal será uniforme en todos los municipios de Puerto Rico. En el caso de alimentos e ingredientes para alimentos, solamente se podrá cobrar el IVU sobre el 1% (actualmente es sobre el 1.5%) en los municipios que aprueben una ordenanza a estos efectos.
Desde el 1RO DE AGOSTO, tendrás que cobrar 7% en todas tus ventas tributables. Si el municipio donde opera tu negocio es un Municipio Participante, porque tiene un acuerdo de cobro con el Departamento de Hacienda, remitirás un total de 7% al Departamento de Hacienda. No obstante, si tu municipio NO es un Municipio Participante deberás remitir 6% al Departamento de Hacienda y 1% al municipio en el que esté ubicado tu local comercial. Para información adicional sobre los Municipios Participantes, puedes acceder a nuestra página en la Internet o comunicarte directamente con tu municipio.
Además, ahora podrás reflejar en los recibos de venta la totalidad del 7% o segregarlo entre el 6% administrado por el Departamento de Hacienda y el 1% de los municipios.
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¿Qué es
el IVU?
El IVU es un impuesto fijado sobre toda transacción
de ventas al detal, uso, consumo o almacenamiento de una
partida tributable en Puerto Rico. La tasa contributiva estatal
será de un 6% del precio de venta de la partida
tributable.
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Conceptos Generales del IVU |
Esta guía preparada por el Departamento de Hacienda (Departamento) resume los conceptos generales relacionados al IVU y explica la aplicación de dicho impuesto.
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Acceda los documentos oficiales relacionados al Impuesto Sobre Ventas y Uso (IVU).
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| Radicación y Pago del IVU |
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Preguntas más frecuentes sobre la planilla mensual
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Modelo de Planilla Mensual vigente hasta el 31 de agosto de 2007, antes de la Uniformidad del IVU
Esta guía contiene preguntas y respuestas que ayudarán a aclarar dudas
relacionadas a la obligación de cobrar y remitir el Impuesto Sobre Ventas y Uso (IVU). |
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Instrucciones para la radicación y pago de la planilla |
| Conozca quien debe rendir la planilla y cuales son los procedimientos para la radicación y pago de la misma. |
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Municipios Participantes |
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A partir del 1ro de enero de 2007, el Departamento de Hacienda y los siguientes municipios se unieron para administrar el IVU estatal y municipal.
Favor de seleccionar su municipio para recibir más información.
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Certificado de Registro |
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Comerciante, Si usted aún no ha recibido el Certificado de Registro de Comerciantes, y lo solicitó antes del 15 de noviembre es probable que haya sido devuelto al Departamento de Hacienda por el correo debido a errores en la dirección postal. Estos certificados se han centralizado en las oficinas de la División de Servicio al Comerciante del Negociado de Impuesto al Consumo, localizadas en la Avenida Kennedy, Sector Bechara Calle Segarra Esquina San Luis. Si su Certificado de Registro se encuentra en el listado adjunto, puede recogerlo en nuestras oficinas en la dirección indicada. Los números de teléfono son 774-1494 ó 774-1626.
Favor presionar aquí para verificar si su Certificado de Registro ha sido devuelto por el correo. |
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