Nueva Planilla Mensual del IVU
Comerciante, a partir del 1 de diciembre de 2009 se comenzará a utilizar un nuevo formulario de la Planilla Mensual del IVU. El formulario en papel estará disponible en todas las Colecturías y Distritos de Servicio al Comerciante, además podrá presentar la Planilla Mensual del IVU en esta página de Internet, oprimiendo el botón de Aplicación de Radicación y Pago.
Para imprimir el documento que contiene los cambios a la Planilla Mensual del IVU presione en la imagen a continuación.
IVU Uniforme en Todos los Municipios
Comerciante, efectivo el 1RO DE AGOSTO, el cobro del IVU municipal será uniforme en todos los municipios de Puerto Rico. En el caso de alimentos e ingredientes para alimentos, solamente se podrá cobrar el IVU sobre el 1% (actualmente es sobre el 1.5%) en los municipios que aprueben una ordenanza a estos efectos.
Desde el 1RO DE AGOSTO, tendrás que cobrar 7% en todas tus ventas tributables. Si el municipio donde opera tu negocio es un Municipio Participante, porque tiene un acuerdo de cobro con el Departamento de Hacienda, remitirás un total de 7% al Departamento de Hacienda. No obstante, si tu municipio NO es un Municipio Participante deberás remitir 6% al Departamento de Hacienda y 1% al municipio en el que esté ubicado tu local comercial. Para información adicional sobre los Municipios Participantes, puedes acceder a nuestra página en la Internet o comunicarte directamente con tu municipio.
Además, ahora podrás reflejar en los recibos de venta la totalidad del 7% o segregarlo entre el 6% administrado por el Departamento de Hacienda y el 1% de los municipios.