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Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 14-05

Asunto

Aclaración sobre el requisito de someter estados financieros auditados con la planilla de contribución sobre ingresos, determinación de la contribución adicional sobre el ingreso bruto y cambios importantes en el formulario Modelo SC 2652

Atención

A todos los contribuyentes miembros de un Grupo de Entidades Relacionadas

Boletín Informativo BI 14-05 08/04/2014 Rentas Internas

La Sección 1061.15 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado ("Código"), establece el requisito de someter estados financieros auditados con la planilla de contribución sobre ingresos, cuando el ingreso bruto del negocio excede ciertos límites. En el caso de grupos de entidades relacionadas, según dicho término es definido en la Sección 1010.05(a) del Código ("Grupo de Entidades Relacionadas"), si más de una entidad está dedicada a industria o negocio en Puerto Rico, el límite para establecer si aplica el requisito de someter estados financieros auditados se determina agregando el volumen de negocios de todas las entidades del grupo haciendo negocio en Puerto Rico.

Por otra parte, la Sección 1023.10 del Código dispone que para determinar la tasa contributiva aplicable a la nueva Contribución Adicional sobre Ingreso Bruto ("Contribución Adicional"), los Grupos de Entidades Relacionadas están requeridos a agregar el ingreso bruto de todas las entidades del grupo que están haciendo negocios en Puerto Rico.

Además, la Sección 1022.02 del Código establece que, en el caso de Grupos de Entidades Relacionadas, la deducción para computar la contribución adicional ("surtax") no puede exceder de $25,000 para todas las corporaciones miembros del grupo que están haciendo negocio en Puerto Rico. Por tanto, dicha deducción deberá prorratearse entre las coporaciones miembros de un Grupo de Entidades Relacionadas para determinar cuánto le corresponde de deducción a cada una. 

El Departamento de Hacienda ("Departamento") emitió la Determinación Administrativa 14-07 ("DA 14-07") para:

(1) aclarar las dudas surgidas sobre las disposiciones de la Sección 1061.15 del Código para todos los años contributivos comenzados después del 31 de diciembre de 2012;

(2) establecer el procedimiento para determinar la tasa contributiva de la Contribución Adicional para un grupo de entidades relacionadas; y

(3) explicar los cambios introducidos al formulario Modelo SC 2652 a la luz de las enmiendas del Código. En la misma, se determinó que deberá utilizarse el Modelo SC 2652 para establecer la tasa contributiva de la Contribución Adicional en el caso de Grupos de Entidades Relacionadas.

El Departamento emite este Boletín Informativo con el propósito de aclarar que el formulario Modelo SC 2652, "Distribución de Deducción para el Cómputo de la Contribución Adicional y Determinación de la Tasa Aplicable para Propósitos de la Contribución Adicional sobre Ingreso Bruto - Grupo de Corporaciones Relacionadas", deberá ser utilizado por todo grupo de Entidades Relacionadas para determinar la tasa contributiva aplicable para computar la Contribución Adicional. Además, se utilizará para determinar si el grupo está sujeto a someter estados financieros auditados y de ser así, determinar cuáles de las entidades dentro del grupo están obligados a ser auditados por un Contador Público Autorizado con licencia vigente de Puerto Rico. 

A tenor con lo anterior, se notifica a todos los contribuyentes miembros de Grupos de Entidades Relacionadas que el formulario Modelos SC 2652 fue revisado para incluir la siguiente información:

1. Información correspondiente a las entidades que forman parte del Grupo de Entidades Relacionadas, incluyendo aquella(s) que no viene(n) obligadas a radicar estados financieros;

2. Nombre, número de identificación patronal y fecha de cierre del periodo anual de contabilidad de cada entidad miembro del Grupo de Entidades Relacionadas que están dedicadas a industria o negocio en Puerto Rico;

3. Volumen de negocio de cada entidad dentro del grupo, computado conforme a lo dispuesto en la Sección 1061.15(b) del Código y la DA 14-07;

4. Informar que entidad o entidades tomarán la deducción para el cómputo de la Contribución Adicional establecida en la Sección 1022.02 del Código (la suma total no debe exceder de $25,000);

5. Ingreso bruto de cada entidad dentro del grupo, computado conforme a lo dispuesto en la Sección 1023.10(g) del Código (debe incluir las participaciones distribuibles en el ingreso bruto de Entidades Conducto); y

6. Tasa contributiva aplicable para propósitos de la Contribución Adicional, a base de las reglas establecidas en esta Determinación Administrativa. 

El formulario Modelo SC 2652 provee para indicar si alguna de las entidades miembros del grupo obtuvo una dispensa parcial de la Contribución Adicional. Dicho formulario provee para indicar si alguna de las entidades miembros del grupo obtuvo una dispensa parcial de la Contribución Adicional. Dicho formulario provee una columna para indicar el ingreso bruto cubierto bajo un decreto de exención contributiva que no está sujeto a la Contribución Adicional y, por ende, no se incluye en la determinación del ingreso bruto agregado para determinar la tasa aplicable a dicha contribución.

Finalmente, se aclara que el formulario Modelo SC 2652 sólo podrá radicarse electrónicamente. No obstante, este formulario se publicará, para propósitos informativos únicamente, en el área de Planillas y Formularios de la página de Internet del Departamento, bajo el área nominada como Formularios.

El formulario estará disponible para radicación electrónica en la Sección de Servicios en Línea del portal de Internet del Departamento desde el 8 de abril de 2014, accediendo a la siguiente dirección: www.hacienda.pr.gov

Para información adicional de este Boletín Informativo, puede comunicarse con la Sección de Consultas Generales al (787) 722-0216, opción 8.

Este Boletín Informativo tiene vigencia inmediata.

Cordialmente,

Melba Acosta Febo

Temas: Contribución sobre ingresos, Contribución adicional sobre ingreso bruto, Grupos de entidades relacionadas, Estados financieros auditados
Audiencias: Corporaciones, Grupos de entidades relacionadas
Tipo de contribución: Ingresos

Documentos relacionados

Esta publicación hace referencia a:

La siguiente Determinación Administrativa de Rentas Internas:

Las siguientes secciones del Código de Rentas Internas:

  • 1061.15
  • 1010.05(a)
  • 1022.02(d)
  • 1023.10
Esta publicación está relacionada a las siguientes leyes: